¿Qué objetivo tiene el «Programa CE Implementa»?
El objetivo de CE Implementa es fortalecer el sistema de apoyo a los actores interesados en la creación y desarrollo de comunidades energéticas, principalmente ciudadanos, pymes y entidades locales, contribuyendo con ello a una descarbonización justa e inclusiva mediante el fomento de las inversiones en infraestructuras verdes y la participación de actores no tradicionalmente involucrados en el sector energético, habilitando los mecanismos para el cumplimiento de los hitos CID 110, «proyecto piloto para las comunidades» y 111, «finalización de proyectos piloto relacionados con la energía en las comunidades locales» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro de la Componente 7, Despliegue e integración de energías renovables.
¿A quién va dirigida esta ayuda?
Podrán obtener la condición de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta el 100% de la ayuda
¿Qué dotación dispone?
40.000.000 €
¿Qué tipo de proyectos subvenciona el «Programa CE Implementa»?
Proyectos piloto singulares: Serán subvencionables las actuaciones objeto de los proyectos piloto singulares subvencionables al amparo de las ayudas reguladas en esta orden que se realicen en las siguientes áreas de actuación:
- Energías renovables eléctricas: Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.
- Energías renovables térmicas: Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en las aplicaciones determinadas en la convocatoria.
- Eficiencia energética: Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Movilidad sostenible: Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible para movilidad compartida.
- Gestión de la demanda: Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
Son subvencionables los siguientes costes:
- Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación. A estos efectos, se considerarán como costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos gastos que el solicitante o destinatario último de la ayuda pudieran satisfacer a empresas o profesionales por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud y/o su justificación, así como los asociados a procesos de toma de decisiones y a la gestión de procesos participativos. Para que estos costes se puedan considerar subvencionables deben reflejarse en el presupuesto incluido en la solicitud de ayuda y justificarse, junto con el resto de costes de ejecución del proyecto, mediante contrato, facturas y justificantes de pago. Los costes de gestión relacionados con la justificación podrán efectuarse durante el periodo concedido para presentar la documentación justificativa. Sólo serán subvencionables los costes de gestión que no superen el 7% del importe de los costes subvencionables totales sin ser incluidos los costes presentados en este párrafo, con un límite máximo de 10.000 € por expediente.
- La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con la realización de las actuaciones.
- Los costes de redacción de los pliegos objeto de licitación para la ejecución de las actuaciones de los proyectos subvencionables.
- Los costes de dirección facultativa de realización de las actuaciones.
- Los costes de coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje, a excepción de los indicados en el apartado 7 de las bases reguladoras.
- Los costes de ejecución de las obras, incluyendo obra civil y/o montaje de las instalaciones.
- La inversión en equipos y materiales relacionados con las actuaciones objeto de ayuda, así como instalaciones auxiliares, incluyendo la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión, necesarios para conectar la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados a la actuación objeto de la ayuda.
- Los costes de desarrollo de herramientas de gestión de la gobernanza y/o administración de la comunidad energética.
- Costes de comunicación relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad en el marco del NextGeneration EU y el PRTR.
- Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.
Plazo de solicitud del Programa CE Implementa
Del 01/02/2022 al 01/03/2022 a las 12:00h