14/03/2024
El CDTI tiene abierta la convocatoria de «Proyectos I+D Transferencia Cervera»
Qué objetivo tiene la convocatoria de «Proyectos I+D Transferencia Cervera»?
Fortalecimiento de las capacidades de innovación de las PYMES y empresas de mediana capitalización, mediante la contratación de actividades de I+D a centros generadores de conocimiento o la ejecución de proyectos de I+D en colaboración con estas entidades.
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
- Pequeñas y medianas empresas (PYMEs) y empresas de mediana capitalización (MIDCAPs), con domicilio fiscal en España, que desarrollen un proyecto de I+D.
- Podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular, debiendo estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas con al menos dos años de anterioridad a la fecha de la solicitud.
- Los proyectos deben contar con una participación relevante de alguno de los centros generadores de conocimiento definidos. Desde el punto de vista cuantitativo esta participación no podrá ser inferior al 10% del total del presupuesto del proyecto aprobado por el Consejo de Administración del CDTI.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una ayuda parcialmente reembolsable con una cobertura de hasta el 90% del presupuesto del total aprobado.
¿Qué características tienen los proyectos que subvenciona?
- Se financiarán proyectos de investigación y desarrollo empresarial de carácter aplicado para la creación o mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio.
- Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado.
- Estos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.
- La característica esencial de esta tipología de proyectos es que necesariamente han de desarrollarse en un grupo limitado de áreas tecnológicas y contratar determinadas actividades del proyecto a centros generadores de conocimiento.
- Las áreas temáticas que agrupan las tecnologías prioritarias son):
- Materiales avanzados
- Economía circular
- Transición energética
- Fabricación inteligente
- Tecnologías para la salud
- Cadena alimentaria segura y saludable
- Deep learning, Inteligencia Artificial
- Redes móviles avanzadas
- Transporte inteligente
- Protección de la información
- Computación cuántica
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
- Gastos de personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto de investigación). Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán elegibles los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados según buenas prácticas de contabilidad.
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, y los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. No obstante, lo anterior, quedan excluidos los costes de consultoría asociados a la tramitación y gestión del proyecto.
- Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.
- Otros gastos de explotación, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
- También son elegibles:
- el gasto derivado del informe realizado por el auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por entidad beneficiaria e hito.
- los gastos de gestión y coordinación del proyecto con un límite de 6.000 euros por beneficiaria e hito.
- el gasto derivado de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH por sus siglas en inglés) mediante entidad acreditada por ENAC, y de cualquier otro informe relativo al cumplimiento de este principio que se pueda requerir en fases posteriores del proyecto, con un límite de 2.000 euros por proyecto.
Sólo podrán considerarse elegibles aquellos gastos que respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios. Todo gasto no justificado por el solicitante será eliminado del presupuesto financiable del proyecto.
Plazo de solicitud
Abierto permanentemente
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