25/07/2023
ACCIÓ ha publicado la ayuda «Nuclis I+D Green en Cambio Climático» en Cataluña
¿Qué objetivo tiene la ayuda «Nuclis de I+D Green en Cambio climático»?
Nuclis de I+D, financiará proyectos de I+D liderados por una empresa catalana, que tengan como objeto el progreso de la tecnología en el ámbito climático
¿A quién va dirigida esta ayuda «Nuclis de I+D Green en Cambio climático»?
- Empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y como mínimo dos años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
- Desarrolladores de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o empresas.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una subvención a fondo perdido, con una dotación de 4.000.000 € y una intensidad de hasta 250.000 € por proyecto
¿Qué tipo de proyectos subvenciona la ayuda «Nuclis de I+D Green en Cambio climático»?
Proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que comporten una mejora hacia el cambio climático para que la empresa pueda actuar con éxito en el ámbito de la reducción de emisiones de gases con efecto invernadero (GEI) y/o en el ámbito de la reducción de su vulnerabilidad en su entorno y cadena de valor presentados en alguna de las modalidades siguientes:
- Proyectos de I+D orientados a la mitigación del cambio climático y/o la adaptación a este para empresas catalanas de 250 personas trabajadoras o más para la realización de proyectos de I+D.
- Subvenciones a proyectos de I+D orientados a la mitigación del cambio climático y/o adaptación a este para empresas catalanas de menos de 250 personas trabajadoras.
- Para todos los tipos de proyectos se podrá contar con la participación de socios internacionales.Un proyecto individual que cuente con la participación de un socio internacional se considerará un proyecto en cooperación.
- Por lo que respecta a los socios internacionales de los ámbitos territoriales descritos, las oficinas de ACCIÓ en estos ámbitos territoriales o áreas de influencia se encargarán de verificar la existencia del establecimiento operativo y la capacidad de estas entidades para llevar a cabo las actividades de I+D del proyecto.
- Los proyectos objeto de estas ayudas deben ser proyectos de I+D que permitan el progreso tecnológico (véase el punto 10 del anexo 4) respecto al estado actual de la tecnología por este motivo se pedirá en la memoria técnica detalle del estado de madurez de la tecnología y el progreso que alcanzará al finalizar el proyecto. Como marco de referencia de este avance del estado de madurez de la tecnología se utilizará la escala de Technology Readiness Level (TRL), según lo establecido en las definiciones de investigación industrial y desarrollo experimental.
- En los proyectos en cooperación, una empresa con establecimiento operativo en Cataluña deberá liderar el proyecto y el resto o, en su caso, el desarrollador de tecnología, serán participantes. Corresponderá a la empresa líder del proyecto presentar la solicitud de subvención y realizar el proyecto ante la Administración; asimismo, canalizar la relación con los participantes y, en su caso, aportar la documentación justificativa de la realización del proyecto.
- En el caso de proyectos cooperativos de la línea 2 de subvenciones a proyectos de I+D orientados a la mitigación del cambio climático o la adaptación a este para empresas catalanas de 250 personas trabajadoras o más, todas las empresas deben tener 250 o más personas trabajadoras en el mes anterior a la presentación de la solicitud. De lo contrario, el proyecto se considerará no elegible.
- En los proyectos cooperativos de subvenciones de la línea 2 de subvenciones a proyectos de I+D orientados a la mitigación del cambio climático y/o la adaptación a este para empresas catalanas de menos 250 personas trabajadoras, todas las empresas deben tener menos de 250 personas trabajadoras en el mes anterior a la presentación de la solicitud. De lo contrario, el proyecto se considerará no elegible.
- Estos proyectos tendrán que estar regulados por un acuerdo de cooperación entre los diversos miembros del proyecto (según la tipología de proyecto, empresas con establecimiento operativo en Cataluña, desarrolladores de tecnología con acreditación TECNIO, y/o socios internacionales) con los requisitos mínimos establecidos (véase el punto 9 del anexo 4). Si el proyecto se aprueba, deberá presentarse el acuerdo a ACCIÓ, firmado con certificado digital, en el plazo que se establezca en la Resolución de otorgamiento.
- Los proyectos de esta convocatoria deben tener como objetivo generar productos, procesos o servicios que estén alineados a desarrollar materiales sostenibles, mejora del recurso en el ciclo del agua, energía renovable, movilidad sostenible y otros que vayan orientados a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y/o adaptación al cambio climático. La reducción de emisiones de GEI no debe comportar un empeoramiento en el resto de los ámbitos, especialmente cuando éstos son contaminantes locales que pueden tener una incidencia en la salud.
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
- Gastos de personal contratado en la medida en que estén dedicados a tareas de carácter técnico del proyecto: personal investigador, técnico y auxiliar.
- Otros gastos directamente vinculados a la actividad de investigación industrial y desarrollo experimental.
- Gastos indirectos. Se podrá imputar en concepto de gasto indirecto, un 7% de los gastos directos de personal subvencionables, sin necesidad de justificación adicional.
- Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada. El coste subvencionable máximo aceptado por este concepto será de 1.500 € por justificación realizada.
Plazo de solicitud
Nuclis de I+D para proyectos en el ámbito climático estará abierto hasta el 11/10/2023, a las 14:00h
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