En las Comunidades Autónomas están abriendo el periodo de solicitud de las ayudas para el impulso a la rehabilitación energética y a la disminución del consumo de energía final y de las emisiones de CO2 – Programa PREE 5000.
El antiguo programa PAREER tiene como objetivo contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de rehabilitación de edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares, que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía fina
el objetivo del PREE 5000, es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios de reto demográfico en nuestro país, mediante actuaciones que van desde cambios en la envolvente térmica, a la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.
Además, el Programa pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, tal como recogen las últimas directivas de energías renovables y de mercado interior de la energía.
Los destinatarios últimos del programa podrán ser:
El programa PREE 5000, cuenta con un presupuesto de 50.000.000 €. Este presupuesto se distribuirá entre las comunidades autónomas en función del número de municipios y núcleos de menos de 5000 habitantes y de su población en cada comunidad autónoma, ponderados al 50% cada criterio.
Las actuaciones subvencionables corresponden a tres tipologías:
1. Mejora de la envolvente térmica.
2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como:
Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
3. Mejora de las instalaciones de iluminación.
Para poder acogerse al programa, las actuaciones para las que se solicite las ayudas deberán justificar la reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable y alcanzar un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, mediante el certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual y el alcanzado tras la reforma.
Además hay que incluir un estudio de gestión de residuos y demolición donde se cumpla que, al menos, el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados en el sitio de construcción, se preparan para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales.
En general, se debe limitar la generación de residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición.
Así mismo, los edificios deben de haber sido construidos antes de 2007, y deberán mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
Por otro lado, las actuaciones subvencionables serán actuaciones en edificios completos de los siguientes usos:
Edificios de vivienda unifamiliar.
Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc).
Excepcionalmente, en atención a la tipología edificatoria o a las características climáticas, las comunidades podrán permitir en sus convocatorias considerar subvencionables las actuaciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o sobre partes de un edificio.
En la siguiente tabla pueden encontrarse todos los datos necesarios en cuanto a plazos y presupuestos del Programa PREE 5000
Comunidad Autónoma | Dotación Presupuestaria | Plazos de presentación |
Andalucía | 5.463.470 € | Desde el 26/01/2022 al 31/12/2023 |
Aragón | 2.564.390 € | Desde el 27/01/2022 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos. |
Principado de Asturias | 1.339.537,43 € | Desde el 28/10/2021 hasta el 31/12/2023 |
Baleares | 513.330 € | Desde el 27/12/2021 hasta el 31/12/2023 o agotamiento de fondos |
Canarias | 884.470 € | Desde el 01/02/2022, a las 9:00h y finalizará el 31/12/2023 |
Cantabria | 15.349.109,30 € | Del 06/11/2021 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos |
Castilla y León | 21.890.000 | Del 15/03/2022 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos. |
Castilla-La Mancha | 17.378.019,95 € | Del 04/11/2021 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos. |
Cataluña | 30.565.000 € | Del 21/02/2022 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos. |
Comunidad Valenciana | 6.365.000 € | Del 28/01/2022 hasta el 31/12/2023 o hasta el agotamiento de fondos. |
Extremadura |
2.636.540 € |
Del 08/11/2022 hasta el 07/11/2023 o hasta el agotamiento de fondos. |
Galicia | 3.658.196 € | Del 03/01/2022 al 30/09/2022 o agotamiento de los fondos |
Comunidad de Madrid | 1.014.610 € | Del 28/03/2022 al 31/12/023 o agotamiento de los fondos |
Región de Murcia | 121.830 € | Del 31/12/2021 hasta el 31/12/2023 o agotamiento de los fondos |
Comunidad Foral de Navarra | 8.615.000 € | Del 19/11/2021 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos |
País Vasco | 8.225.298,08 € | Del 13/01/2022 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos |
La Rioja | 633.860 € | Del 19/03/2022 al 31/12/2023 o agotamiento de los fondos |
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