26 febrero 2021
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Andalucía ha publicado la línea 4 de la ayuda para «Inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas» (submedida 4.2, operaciones 4.2.1)
¿Qué objetivo tiene «Inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas»?
Contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, en el ámbito territorial de la provincia de Cádiz (Línea 4)
¿A quién va dirigida la ayuda para «Inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas»?
Personas físicas y jurídicas, y sus agrupaciones, consideradas Pyme o Gran empresa que ejerzan y asuman las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas o subproductos agrarios contemplados en el Anexo I del Tratado o del algodón, exceptuando los productos de la pesca y del sector oleícola y aceituna de mesa
¿Qué dotación tiene?
Esta subvención a fondo pedido y cuenta con una dotación de 8.111.607,3 €
¿Qué tipo de proyectos subvenciona?
Tienen como finalidad contribuir al aumento de la competitividad del sector agroalimentario y el aumento del valor añadido de los productos agrícolas, excepto los derivados del olivar, mediante la realización, en la provincia de Cádiz, de una o más de las siguientes actuaciones, vinculadas al proceso de producción:
- Orientar la producción de acuerdo con las tendencias del mercado que se prevean o fomentar nuevas salidas al mercado.
- La mejora tecnológica o racionalización de los procedimientos de manipulación, transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización.
- La mejora del acondicionamiento y la presentación de los productos agrícolas y el fomento de un uso mejor de los subproductos generados en los distintos procesos productivos del sector.
- La aplicación de nuevas tecnologías y el fomento de las inversiones innovadoras.
- La diversificación de las producciones agroalimentarias.
- Inversiones en transformación y comercialización (incluyendo el desarrollo de nuevos productos agrarios, desarrollo y empleo de nuevos materiales y tecnologías).
- En caso de PYME, inversiones para mejoras e implantación de sistemas de generación de valor añadido y competitividad: Implantación de sistemas certificados de huella hídrica, huella de carbono, defensa alimentaria, residuo cero y calidad ambiental de acuerdo con una norma ISO 14.000.
- En caso de PYME, implantación de los siguientes sistemas de gestión de calidad y/o mejora de trazabilidad:
- Implantación de los siguientes sistemas de gestión de la calidad de procesos: conjunto de normas ISO 9000 e ISO 22000.
- Implantación de los siguientes sistemas de gestión de la calidad de productos: Producción Integrada, Producción Ecológica, UNE 155000, Protocolos privados de calidad: BRC (British Retail Consortium), IFS (International Food Standard), GLOBALGAP, Tesco Nurture (antes Nature.’s Choice), QS (Qualitat und Sicherheit GmbH), así como otras normas o protocolos privados de calidad de ámbito nacional o internacional.
- Mejora del sistema de trazabilidad de la empresa.
- Inversiones en ahorro de energía y/o mejora de la eficiencia energética, vinculadas directamente al proyecto de inversión.
- Inversiones que conlleven una reducción del impacto ambiental, derivado de elementos de eficiencia hídrica y recursos naturales, y valoración de residuos agrarios y agroalimentarios vinculadas directamente al proyecto de inversión.
- Inversiones realizadas por entidades resultantes de la fusión e integración de cooperativas u otras entidades asociativas agroalimentarias que permitan y favorezcan la concentración de la oferta y la comercialización.
- Inversiones destinadas a la reducción de los residuos generados, y al aprovechamiento de los subproductos, para la obtención de enmiendas orgánicas, entre otras las de construcción y equipamiento de nuevas plantas de compostaje.
¿Qué gastos subvenciona?
- En el caso de PYMES, serán subvencionables los siguientes gastos que hayan sido abonados completamente y que estén asentados en la contabilidad en el grupo 2 de inmovilizado, a excepción de los descritos en los apartados c) y, en su caso, el e) siguientes:
- La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles de carácter productivo.
- La adquisición e instalación de nueva maquinaria y equipos, incluidos los informáticos que formen parte de la automatización de procesos, y de control y registro para la calidad y/o mejora de la trazabilidad interna.
- Los costes generales, vinculados a los gastos aprobados correspondientes a los dos apartados anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, incluidos los estudios de mercado y viabilidad y las asistencias técnicas, hasta un límite del 8% de los establecidos en la letra a) y un 4 por ciento de los relativos a la letra b), pudiendo haberse realizado antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, hasta un plazo máximo de 9 meses. No obstante, en las inversiones destinadas a la transformación en productos no agrícolas, sólo podrán haberse realizado antes de la fecha de presentación de la solicitud los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de estudios previos de viabilidad.
- Inversiones intangibles: Adquisición o desarrollo de programas informáticos, relacionados con los gastos de los apartados b) y e), y adquisición de patentes, licencias y marcas registradas.
- Gastos de contratación de consultores externos y de certificación relativos a la implantación de sistemas de gestión de la calidad de procesos y productos, huella hídrica y huella de carbono, sistemas certificados de defensa alimentaria, mejora de la trazabilidad interna, de gestión energética, de acuerdo a la norma UNE-EN ISO 50001 y relativos a la expedición del Certificado Energético Andaluz del Proyecto, según el Decreto 169/2011 de 31 de mayo, siempre que el producto resultante de la transformación sea un producto agrícola.
- En el caso de Grandes Empresas, serán subvencionables los siguientes gastos, que hayan sido abonados completamente y que estén asentados en la contabilidad en el grupo 2 de inmovilizado, a excepción de los descritos en el apartados c):
- La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles de carácter productivo.
- La adquisición e instalación de nueva maquinaria y equipos, incluidos los informáticos que formen parte de la automatización de procesos.
- Los costes generales, vinculados a los gastos aprobados correspondientes a los dos apartados anteriores, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros, consultores, incluidos los estudios de mercado, viabilidad y las asistencias técnicas, hasta un límite del 8% de los establecidos en la letra a) y un 4 por ciento de los relativos a la letra b), pudiendo haberse realizado antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, hasta un plazo máximo de 9 meses.
- En las inversiones destinadas a la transformación en productos no agrícolas, no serán subvencionables los gastos descritos en el apartado c).
Plazo de solicitud
La ayuda para «Inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de nuevos productos agrícolas» está abierta hasta el 26/04/2021
Quieres conocer más convocatorias, puedes ir a nuestro buscador de ayudas haciendo click aquí