22/10/2019
Consejería de Innovación, Investigación y Turismo
La Consejería de Innovación, Investigación y Turismo de las Islas Baleares ha publicado el Programa de Banda Ancha de nueva generación.
¿Qué objetivo tiene el Programa de Banda Ancha de nueva generación?
Realización de proyectos de extensión de banda ancha de nueva generación para acelerar la extensión de la cobertura de las redes públicas de comunicaciones electrónicas capaces de proporcionar servicios de banda ancha de muy alta velocidad en las zonas actualmente sin cobertura ni prevista en los próximos tres años.
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
Entidades que tengan la condición de operador debidamente habilitado.
¿Qué tipo de ayuda es?
Subvencióna fondo perdido
¿Qué dotación dispone?
6.975.000 € distribuido de la siguiente manera:
- 2018:2.000.000 €
- 2019: 1.605.000 €
- 2020: 3.370.000 €
¿Qué tipo de proyectos subvenciona?
- Deben estar en la línea de extensión de la cobertura de las redes de acceso de nueva generación de muy alta (100 Mbps) velocidad.
- La velocidad mínima de que deben disponer las diferentes zonas es de 100 Mbps (muy alta velocidad). Las zonas elegibles para el desarrollo de proyectos susceptibles de acogerse a esta línea se corresponderán con las entidades de población que no dispongan de cobertura de redes de acceso de nueva generación de muy alta velocidad ni planes para su despliegue por ningún operador en los próximos tres años.
- Se entienden por redes de banda ancha de nueva generación de muy alta velocidad aquellas que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
- Utilizarse, íntegra o principalmente, para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público en las entidades objetivo. Quedan por tanto descartadas las redes privadas destinadas a la prestación de servicios a un conjunto restringido de usuarios y las redes puramente troncales que no están destinadas directamente a la prestación de servicios a usuarios finales en las entidades objetivo.
- En el caso de proyectos de despliegue de redes de acceso con tecnologías radioeléctricas para proporcionar velocidades de bajada de 100 Mbps o superiores, dichas redes deben ser capaces de proporcionar una velocidad de pico de al menos 100 Mpbs en los domicilios de los habitantes cubiertos, deben disponer de capacidad suficiente para atender la demanda previsible de la ESP en un horizonte próximo sin que los usuarios experimenten una caída importante de la velocidad en cualquier hora del día, para lo cual se considera necesario que se cumplan simultáneamente los dos requisitos siguientes:
- Que el balance del enlace desde cada ubicación cubierta sea suficiente, según la tecnología y frecuencia utilizada.
- Que la capacidad instalada permita atender la demanda previsible de al menos los próximos tres años, estimada en un 60 % de los usuarios potenciales, con un volumen de tráfico por usuario de 800Mb en hora cargada y con un factor de carga de la red no superior al 50 %.
- Permitir una tasa de transferencia nominal para usuario final en el sentido del usuario hacia la red de al menos 20 Mbps medios en la salida del equipo de la red del operador más cercano al usuario final (canal ascendente), con una garantía de caudal del 80 % (el 95 % del tiempo) para la muy alta velocidad.
- Permitir, manteniendo todas las características del servicio inalteradas, la transferencia ilimitada de datos en ambos sentidos (de la red al usuario y del usuario a la red).
- Asegurar una disponibilidad del servicio, en los términos de calidad de servicio señalada de al menos el 98 % medida en intervalos de meses naturales para el usuario final.
- Asegurar que los parámetros de calidad de servicio (QoS) de transmisión de datos proporcionado (jitter, retraso y tasa de pérdida de paquetes) son compatibles con la realización de comunicaciones de voz y vídeo en tiempo real. Como referencia de ello se requiere el cumplimiento de los parámetros de calidad de servicio:
- Retraso inferior a 50 ms
- Jitter máximo de 30 ms
- Tasa de pérdida de paquetes máxima del 0,8 %
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
Se consideran inversiones y gastos elegibles los siguientes conceptos asociados al proyecto:
- Infraestructuras y obra civil.
- Equipamiento y otros materiales.
- Gastos de personal.
- Otros costes generales o indirectos imputables al proyecto.
Plazo de solicitud
Del 23/10/2019 al 22/11/2019
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