12/12/2022
La Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de las Islas Baleares ha publicado la ayuda para la «Descarbonización del sector náutico»
¿Qué objetivo tiene la ayuda para la «Descarbonización del sector náutico»?
Se persigue el fomento de la descarbonización del sector náutico con el objetivo de la electrificación del transporte marítimo, apoyando la transformación o adquisición de embarcaciones de pequeñas dimensiones, la adquisición de maquinaria por parte de los astilleros y talleres necesarios para la transformación en embarcaciones de cero emisiones y la adquisición y/o transformación de embarcaciones de cero emisiones regulares o comerciales
¿A quién va dirigido la ayuda para la «Descarbonización del sector náutico»?
- Para los programas de incentivos 1 y 2:
- Personas físicas residentes en las Illes Balears sin actividad económica por la que ofrecen bienes y/o servicios en el mercado.
- Las personas físicas y jurídicas sometidas a derecho privado que lleven a cabo la actividad de alquiler de embarcaciones en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears en las Illes Balears.
- Para los programas de incentivos 3:
- Las personas físicas y jurídicas sometidas a derecho privado del sector náutico destinadas a la reparación y a la mecánica que desarrollen su actividad en las Illes Balears.
- Para los programas de incentivos 4:
- Las personas físicas y jurídicas sometidas a derecho privado de transporte de regular de personas y/o mercancías, así como a las destinadas a excursiones turísticas, siempre que desarrollen su actividad en las Illes Balears.
¿Qué tipo de ayuda es?
Se trata de una subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta 500.000 € por proyecto
¿Qué dotación dispone?
15.000.000 €
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
- La adquisición de nuevas embarcaciones de cero emisiones.
- Equipos de generación renovable instalados en la embarcación o barco.
- Los gastos de transformación de una embarcación o barco convencional existente con una embarcación cero emisiones, entre otros: motores eléctricos, sistema acumulación, convertidores o sistemas de control.
- Los gastos de desguace de la embarcación convencional existente.
- Equipamiento e infraestructura adicional que necesitan las empresas dedicadas a la reconversión de embarcaciones de cero emisiones relacionada con la tipología del programa de incentivos 3.
- Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Los costes de la dirección facultativa relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Costes de los técnicos competentes para el registro de la embarcación o barco y de los de los organismos notificados relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización de datos. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados a la actuación objeto de la ayuda. También es subvencionable el sistema de intercambio de datos establecido en el punto 1.k) del apartado quinto de la convocatoria oficial.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias (auxiliares o no), distintas de las recogidas como gastos no subvencionables en este apartado.
Plazo de solicitud
Desde el 15/12/2022 hasta el 30/06/2023, hasta el posible agotamiento
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