Red.es ha publicado la ayuda de Tecnologías Habilitadoras Digitales
¿Qué objetivo tiene «Tecnologías Habilitadoras Digitales?
La realización de proyectos en los siguientes programas:
Programa de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales.
Programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
La ayuda de Red.es Tecnologías Habilitadoras Digitales está dirigida a empresas
¿Qué tipo de ayuda es?
Subvención a fondo perdido
¿Qué dotación dispone?
35.000.000 € distribuidos de la siguiente forma:
¿Qué tipo de proyectos subvenciona?
El solicitante podrá presentar propuestas de proyectos subvencionables que consistirán en una o varias de las siguientes tipologías de actuaciones:
Actuaciones para el desarrollo funcional de su producto o solución tecnológica, orientadas a la mejora funcional, la seguridad, la estabilidad y la madurez de la solución tecnológica. En ningún caso se aceptará la mera prestación de servicios.
Actuaciones de desarrollo encaminadas a la validación, certificación y puesta en marcha de prototipos en entornos reales de producción.
Actuaciones encaminadas a la adaptación y puesta a disposición de datos necesarios para la solución propuesta, permitiendo de esta forma la validación y certificación de los prototipos en entornos reales.
Los proyectos subvencionables deberán consistir en el desarrollo de la oferta de alguna de las siguientes tecnologías habilitadoras digitales:
Inteligencia artificial: machine learning; deep learning; neural networks.
Desarrollo de soluciones, aplicaciones o servicios que mejoren la eficiencia de los servicios sanitarios.
Internet de las Cosas (IoT).
Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big Data).
Computación de alto rendimiento (high performance computing).
Computación en la nube.
Procesamiento de lenguaje natural.
Ciberseguridad; biometría e identidad digital.
Blockchain (Cadena de Bloques).
Robótica.
Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación.
Micro/nanoelectrónica.
Impresión 3D y fabricación aditiva.
¿Qué tipo de gastos subvenciona?
COSTES DIRECTOS: costes que sean inequívocamente identificables con una actividad subvencionada y cuyo nexo con tal actividad pueda demostrase de manera indubitada
Costes de personal
Se admitirán como costes de personal los gastos de trabajadores con contrato laboral con el beneficiario que cobren por nómina, así como gastos de los socios que trabajen en la entidad beneficiaria.
Costes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes cuando esta circunstancia se pueda acreditar.
Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones:
Gastos asociados a los informes de auditoría externa
Costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
COSTES INDIRECTOS: incluye los costes generales suplementarios y otros gastos de explotación adicionales que, sin ser imputables a una actividad subvencionada concreta, son necesarios para que esta se lleve a cabo. En su caso, las convocatorias establecerán las condiciones para la elegibilidad y la justificación de estos costes.
Plazo de solicitud
Del 01/08/2020 al 01/10/2020
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