01/08/2023

En el primer semestre de 2023, se ha publicado el InformeLa competitividad fiscal de las entidades locales y de las comunidades autónomas, elaborado por el Instituto de Estudios Económicos, un organismo creado bajo la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, en el que se analizan, entre otros aspectos, el impacto tributario de los impuestos locales. En esta ocasión, vamos a centrarnos a exponer los datos relativos al Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE 

¿Qué es el IAE?

El IAE es un tributo directo de carácter real que grava el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, que se ejercen o no en local determinado y que se encuentren o no especificadas en las tarifas del impuesto. En los últimos años, este tributo ha perdido importancia recaudatoria, debido a la exención de determinados contribuyentes (entre ellos, las personas físicas o los autónomos y las sociedades durante sus dos primeros años de actividad o las que tienen una cifra neta de negocio inferior a un millón de euros). Pese a lo anterior, se trata de la cuarta fuente de financiación tributaria por parte de los Ayuntamientos, suponiendo un 7,5 % del total de la recaudación de los tributos locales. 

¿Quién aprueba el IAE?

Esta potestad de los municipios es uno de los factores que influye en la existencia de diferencias a la hora de exigir el pago del IAE y, por lo tanto, en la recaudación por habitante de dicho impuesto. Esto es debido a que, aunque los impuestos locales están regulados en una norma de carácter estatal, lo cierto es que existe un margen de actuación de los Ayuntamientos. La Ley establece la posibilidad de que las corporaciones locales fijen distintos niveles de tributación dentro del marco mínimo fijado por la normativa estatal. 

Así, por ejemplo, los Ayuntamientos pueden establecer categorías fiscales de las calles (su número no podrá ser inferior a dos ni superior a nueve) a las que pueden aplicarse los coeficientes de situación correspondientes. También pueden instaurar determinadas bonificaciones potestativas respecto de, entre otros aspectos, los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de cualquier actividad empresarial y tributen por cuota municipal, por la creación de empleo, por la utilización o la producción de energía a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables o por el desarrollo de actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.  

¿En qué municipios se aplica un menor y mayor coeficiente de situación en el IAE?

Como ya hemos apuntado antes, debemos destacar que el IAE no representa, para la mayoría de las capitales de provincia, una fuente de ingresos significativa. Con el fin de simplificar el informe, el Instituto de Estudios Económicos toma como referencia el coeficiente de situación máximo. Para el año 2022, hasta 30 municipios aplicaron el coeficiente de situación máximo permitido, destacando grandes ciudades tales como Barcelona, Madrid, Valencia o Palma. En contraposición, Jaén, Ávila, Boadilla del Monte y Talavera de la Reina fueron los municipios que menor coeficiente de situación máximo aplicaron a sus ciudadanos, en torno al 1, suponiendo un gravamen tres veces inferior a la media nacional 

Por tanto, analizando la competitividad fiscal de los municipios agrupados en función de la población, son los municipios de menor tamaño los que menores cuotas, porcentajes y coeficientes del impuesto establecieron, mientras que los de mayor tamaño poblacional fueron los que más gravaron a sus ciudadanos, presentando una peor competitividad fiscal. Si analizamos la competitividad fiscal de los municipios agrupados en función de la Comunidad Autónoma, podemos apreciar que, en cuanto al IAE, fueron Castilla y León y Melilla las que mejor tratamiento dieron a la actividad económica. En el polo opuesto, Cantabria y las Islas Baleares, secundadas por la ciudad autónoma de Ceuta, fueron las que mayor tipo de gravamen aplicaron en este impuesto, presentando, todas ellas más Cataluña, una presión fiscal normativa muy superior a la media nacional. 

Teniendo en cuenta la variación de porcentajes entre 2019 y 2022, debemos destacar que municipios tales como Jerez de la Frontera (-21,7%), Málaga (-5,2%), Sabadell (-4,1%) y Fuenlabrada (-0,3), fueron los únicos en reducir el tipo utilizado en dicho periodo. Valencia (16,2%) y Cerdanyola del Vallés (16,2%) destacan por ser los municipios con mayores subidas (superiores al 10%) en el coeficiente de situación máximo del IAE. 

Finalmente, se ponen dos ejemplos en los que se aprecia que se pueden dar situaciones muy diferentes al aplicar el coeficiente de situación máximo para una misma categoría de calle y partiendo de una misma cuota previa de 1.000 €. Por ejemplo, en Torrelavega se aplica el 3,8 a la categoría de calle más alta (siendo el máximo legal), dando como resultado una cuota a pagar de 3.800 €, mientras que en el municipio de Salamanca se aplica el 1,1, por lo que resultaría una cuota a pagar de 1.100 €. Por lo tanto, de esta comparativa se observa que existe una diferencia de hasta 2.700 €, partiendo de una misma cuota previa para la misma categoría de calle. 

En cualquier caso, ahorrar en el pago del IAE es perfectamente posible, siempre y cuando cuentes con la ayuda de profesionales cualificados. Desde el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria somos expertos en la optimización de este tipo de impuestos de carácter local. 

Autor: Bárbara Carrascosa Villar | Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria FI Group