La Dirección General de Catastro ha publicado las nuevas Ponencias de Valores que surtirán efectos a partir del 1 de enero de 2025.
Una Ponencia de Valores es el documento a través del cual se establecen los criterios, módulos de valoración y demás elementos precisos para llevar a cabo la determinación de los nuevos valores catastrales. Entre los documentos más relevantes que recoge la Ponencia de Valores está el estudio de mercado, cuya finalidad es orientar a los técnicos de la ponencia para que fijen unos valores básicos a las calles y polígonos del municipio, de forma que su aplicación a fincas concretas conduzca a unos valores catastrales que resulten ajustados al mercado inmobiliario.
A lo largo de este año, se han aprobado 29 ponencias de valores. En concreto, 26 ponencias de valores totales que afectan a los municipios de Santa Pola (Alicante), Santa Margalida (Illes Balears), Castell de L’Areny (Barcelona), Palafolls (Barcelona), Sant Cebria de Vallalta (Barcelona), Sant Vicenç de Torello (Barcelona), Vilassar de Dalt (Barcelona), Rabe de las Calzadas (Burgos), Bisaurri (Huesca), Laspaules (Huesca), Sahun (Huesca), Cuzcurrita de Rio Tiron (La Rioja), Hornos de Moncalvillo (La Rioja), Foz (Lugo), Cartama (Malaga), Molina de Segura (Murcia), Palencia (Palencia), Betancuria (Las Palmas), Aldearrodrigo (Salamanca), Mancera de Abajo (Salamanca), Adeje (S.C. Tenerife), Real Sitio de San Ildefonso (Segovia), Alacon (Teruel), La Codoñera (Teruel), Rafelbunyol (Valencia), Ricla (Zaragoza) y todos los municipios de Bizkaia. Y, por otro lado, 3 ponencias de valores parciales que afectan a los municipios de Bellver de Cerdanya (Lleida), Montoliu de Lleida (Lleida) y Botorrita (Zaragoza).
Todos los titulares catastrales afectados por dichas ponencias de valores recibirán una carta de la Gerencia del Catastro indicándoles un código para poder descargar la nueva valoración catastral de sus inmuebles, en virtud de la actualización que se realizará sobre estos datos.
Por tanto, en el momento en que se notifica este valor catastral, el interesado dispone de 1 mes para impugnar su propio valor catastral, así como, de forma indirecta, aquellos parámetros de la Ponencia de Valores que se han determinado incorrectamente y que inciden en la determinación individualizada de su valor catastral.
Las valoraciones catastrales tienen, principalmente, unas implicaciones tributarias, como hemos explicado en anteriores publicaciones de este mismo blog. En concreto, la subida del valor catastral de un inmueble no solo afecta, como se cree popularmente, en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI); sino que también afecta a las eventuales cuotas del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o más conocido como plusvalía municipal; a numerosas tasas locales (como puede ser la tasa de residuos urbanos); a impuestos autonómicos, como el Impuesto sobre Activos No Productivos de la Generalitat de Catalunya o; entre muchos otros, a impuestos estatales, como, por ejemplo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
A este respecto, debemos tener en cuenta que la valoración catastral resultante de la aprobación de una ponencia de valores es un procedimiento de valoración masiva y, por lo tanto, es habitual que se detecten errores en la nueva valoración. En estos casos, pueden instarse procedimientos para conseguir su corrección. Por tanto, lo ideal es contar con un asesoramiento técnico especializado que revise esas nuevas valoraciones para poder detectar, en su caso, errores o incorrecciones en las mismas.
Por lo que si está afectado, puedes contactar con el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria de FI Group. Contamos con una amplia experiencia revisando la legalidad de ponencias de valores y las valoraciones catastrales para que se ajusten a la realidad del inmueble.
Paula Medina – Leader del departamento de Fiscalidad Inmobiliaria