El 1 de enero de 2022 entró en vigor el valor de referencia aprobado por el Catastro Inmobiliario. De hecho, su utilización está siendo controvertida, incluso en prensa se ha llegado a hablar de “catastrazo”. Hoy vamos a tratar de explicaros qué supone realmente la aprobación del valor de referencia catastral.
Se trata de un valor determinado anualmente por la Dirección General del Catastro, partiendo de los precios de las compraventas de inmuebles que se realizan ante Notario o se inscriben en el Registro de la Propiedad. Este valor tiene en cuenta los datos catastrales de cada inmueble.
Además, debe destacarse que el valor de referencia, en ningún caso, puede superar al valor de mercado.
Pues bien, el valor de referencia se publica anualmente y se puede consultar en la Sede Electrónica del Catastro a partir del 1 de enero de cada ejercicio.
El valor de referencia, a partir del 1 de enero de 2022, puede ser usado como base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). En estos supuestos, hay que declarar tomando en consideración el mayor valor: el precio pagado o, en su caso, el valor de referencia de mercado.
También se utiliza en el Impuesto sobre el Patrimonio, ya que los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2022 se valoran tomando en consideración el mayor de los siguientes valores: el valor de adquisición, el valor catastral, el valor de referencia o, en su caso, el valor comprobado por la Administración. No obstante, parece que no afectará al patrimonio adquirido con anterioridad a esa fecha.
Lo cierto es que la normativa no prevé que, como regla general, se pueda recurrir el valor de referencia. No obstante, puede recurrirse en aquellos casos en los que se utilice para la exigencia de algún impuesto.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que el valor de referencia se aplica sobre los datos catastrales. Es por ello, que es muy importante tener correctamente actualizados estos datos.
A este respecto, desde el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria de FI Group, podemos ayudarte. Tenemos una amplia experiencia en la tramitación de expedientes catastrales y tributarios. Además, contamos con un equipo técnico y jurídico especializado.
Neus Teixidor – Abogada y Manager de Fiscalidad Inmobiliaria