26/09/2023
Compartir en

Como ya hemos comentado en anteriores ocasiones, en octubre de 2021, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la normativa del IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) o también conocido como plusvalía municipal.  

Para salvar los efectos perjudiciales que esta situación pudiera causar a los Ayuntamientos, más concretamente, los derivados de la falta de normativa mediante la que se pudiera exigir el impuesto, se dictó una nueva normativa del IIVNTU.

¿Se pueden recuperar las cuotas abonadas? 

Lo cierto es que, como hemos explicado en otros artículos, la declaración de inconstitucionalidad de la normativa del IIVTNU de 2021 establece una limitación de efectos bastante relevante. En concreto, dispone que no pueden recuperarse las cuantías relativas a cuotas del IIVTNU que, a fecha de dictarse la Sentencia (esto es a 26 de octubre de 2021), no se encontrasen recurridas.  

Pero, como ya sabéis, esta limitación de efectos ha supuesto una gran controversia, ya que ha sufrido multitud de críticas porque parecía no respetar las previsiones establecidas en la Ley. Por ello, estábamos a la espera de que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre el tema, para que matizara si esta limitación de efectos se encuentra legítimamente amparada o si, por el contrario, tenía que modificarse.  

¿Se puede recuperar una cuota de IIVTNU firme? 

Desde FI Group hemos estado estudiando la posibilidad de recurrir las liquidaciones firmes de IIVTNU mediante algún procedimiento especial de revisión. Tras analizar la situación, consideramos que existía la posibilidad de recuperar dichas cuotas mediante el procedimiento de revocación. 

El procedimiento de revocación, a priori, parece el indicado ya que la ley establece que, mediante este procedimiento, se puede solicitar a la Administración que revoque sus actos firmes cuando infrinjan manifiestamente la ley. En otras palabras, al haberse emitido liquidaciones de IIVTNU en base a una normativa declarada inconstitucional, podemos considerar que se está infringiendo la ley y, por tanto, aunque las mismas ya hayan devenido firmes, consideramos que esas liquidaciones podrían declararse nulas. 

¿Tiene recorrido el procedimiento de revocación?  

Lo cierto es que, recientemente, el Tribunal Supremo se ha pronunciado y ha dictado varias Sentencias que indican que solo se podrán recuperar las cuotas recurridas a fecha 26 de octubre de 2021, es decir, en el momento en que se declaró la inconstitucionalidad de la normativa del IIVTNU. Por lo tanto, ello significa que la limitación de efectos se encuentra dentro del marco legal

En consecuencia, a pesar de que considerábamos que el procedimiento de revocación era el indicado para recuperar las liquidaciones firmes, con el último pronunciamiento del Tribunal Supremo se ha sentenciado dicha posibilidad.   

Sin embargo, cada supuesto debe analizarse de forma individual, analizando en particular sus propias características. Por ello, contamos con un equipo de profesionales con la mejor experiencia en este ámbito, así como todas las herramientas necesarias para poder verificar si tu liquidación de IIVTNU es recuperable. Así, desde el Departamento de Fiscalidad Inmobiliaria de FI Group te animamos a que acudas a nosotros para solicitar información y poder ayudarte de la mano de nuestros expertos.  

Carolina Fernández  – Asesora fiscal en FI Group

× ¿Cómo puedo ayudarte?