Las bonificaciones por personal investigador son un incentivo que fomenta la contratación de personal que realice proyectos de I+D e innovación tecnológica en las empresas, mediante la bonificación del 40% en las aportaciones empresariales de las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, pudiendo llegar a un ahorro de 330 euros mensuales por cada trabajador considerado como tal.
Los requisitos que debe cumplir el personal para poder optar a las bonificaciones a la seguridad social por I+D+i son:
Las bonificaciones a la seguridad social por I+D+i se han regido por las condiciones establecidas en el RD 475/2014 desde septiembre de 2015. En enero de 2023, en el Real Decreto-ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas, se establecieron una serie de cambios sustanciales que afectarán considerablemente a este incentivo. Estos son los principales:
FI Group realiza un seguimiento continuo de la normativa aplicable en el incentivo a fin de informar en tiempo real a sus clientes de todas las novedades del incentivo y de los cambios que les sean de afectación.
Este incentivo es compatible con la deducción fiscal por actividades de I+D+I con el mismo personal siempre que acrediten la condición de pyme innovadora. Para el resto de entidades, el incentivo también es compatible, siempre que no se apliquen sobre el mismo personal investigador. El incentivo también será compatible con las ayudas públicas de I+D+i, hasta un 60% del gasto.
Cuando en una misma sociedad se apliquen bonificaciones por personal investigador en más de 9 trabajadores, se deberá disponer de Informe Motivado Vinculante emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, en un plazo máximo de 6 meses después de la finalización del ejercicio fiscal. Para ello, previamente se debe llevar a cabo un proceso de certificación con una entidad acreditada por ENAC para la verificación de las bonificaciones a la seguridad social por I+D+i.