Las Deducciones Fiscales por I+D+i tienen como objetivo premiar el esfuerzo que realizan las empresas en el desarrollo de actividades innovadoras en el Impuesto sobre Sociedades.
Estas deducciones en investigación y desarrollo, pueden ser aplicadas por cualquier sujeto pasivo (excepto fundaciones) del Impuesto sobre Sociedades que realice actividades innovadoras. Independientemente de su tamaño, facturación y sector de actividad, las Deducciones Fiscales permiten minorar la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades hasta en un 100%. Esto repercute en el incremento de su competitividad. Además, incentiva la mejora continua de sus productos y procesos.
El potencial de Deducción Fiscal de este incentivo puede ascender hasta un 59% del gasto incurrido en proyectos de I+D, y de un 12% en proyectos calificados como IT. De este modo, las empresas maximizan sus beneficios obtenidos por la realización de actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
Nuestra actividad, como consultores expertos en la gestión de la financiación de la I+D+i, consiste en identificar las actividades de I+D+i, susceptibles de generar una Deducción Fiscal. De esta manera, se potencia la capacidad de optimización de los beneficios fiscales obtenidos por el gasto incurrido en éstos.
Como ejemplo de actividades susceptibles de generar esta deducción se hallan:
Actualmente, y tras la entrada en vigor de la Ley 27/2014 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, el atractivo de las Deducciones Fiscales por I+D+i se ha visto incrementado, permitiendo a las empresas monetizar sus deducciones, o aplicarlas sin límite de cuota.
Por otro lado, para las empresas que sí tengan la obligación de pagar el Impuesto de Sociedades, se habilita la posibilidad de aplicar su Deducción Fiscal sin límite de cuota y, además, solicitar el abono o monetización del excedente.